SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
i)
Con los antecedentes expuestos precedentemente, el recurrente, interpone recurso de amparo constitucional, contra Dora Villarroel de Lira y Armando Pinilla, Presidente y Vocal respectivamente de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior; y Aníbal Miranda Balboa, Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, todos del Distrito Judicial de La Paz, solicitando se declare procedente el recurso y se disponga: i) Dejar sin efecto el Auto de 23 de febrero de 2005, emitido por el Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador y el Auto complementario de 4 de abril de 2006, emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; ii) Ordenar la inmediata restitución del depósito judicial que ha sido otorgado en cumplimiento de las medidas cautelares; y, iii) La declaratoria de ejecutoria de la disposición que ordenaba el desglose y endose del depósito judicial.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- a)
- DENIEGA
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.Sobre el debido proceso, tutela judicial efectiva, principio de legalidad
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR