Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la renuncia de todos los Magistrados, no se emitió resolución; una vez designadas las nuevas Autoridades, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se reanudaron labores jurisdiccionales, habiéndose realizado el sorteo del presente caso, el 12 de abril de 2010; posteriormente, se procedió a la suspensión del trámite mediante Auto Constitucional 0077/2010-CA de 16 de abril, para finalmente levantar la citada suspensión el 11 de mayo de 2010, por tanto, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- a)
- DENIEGA
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.Sobre el debido proceso, tutela judicial efectiva, principio de legalidad
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR