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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0462/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0462/2010-R

    Fecha: 05-Jul-2010

    I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio

    Con estos antecedentes, el recurrente interpone recurso de hábeas corpus contra José Luis Prado Rodríguez, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo; solicitando se tutele su derecho a la libertad, disponiendo “se anule obrados hasta fs. 2347 a objeto de que el Juzgado en saneamiento procesal dicte nuevo Auto Motivado con las formalidades que el proceso manda y respetando derechos y garantías constitucionales” (sic).

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • en el orden procesal, en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
    • III.2.
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • III.3. Análisis del caso
    • improcedente el  mismo
    • APROBAR

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