Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 6 de abril de 2005, Abraham Chuquimia Nina solicitó el rechazo de la aprobación del remate pretendida por Ascencio Cruz, en razón que no se cumplió lo dispuesto en el art. 39 de la LAPCAF, ya que a momento de efectuarse el remate el adjudicatario no hizo el depósito del 20% de la base, apareciendo extrañamente el certificado de depósito efectuado a horas 15:38 (fs. 6 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR