SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0474/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
III.4.
Una vez especificados los supuestos por los cuales no se activa el amparo constitucional por subsidiaridad, corresponde dilucidar si por los actos denunciados de ilegales corresponde otorgarse la tutela demandada, o al contrario determinar la inviabilidad de la protección solicitada al constatar que los extremos denunciados, se encontrarían en los supuestos referidos en el punto que antecede.
Ya ingresando a la problemática planteada, cabe recordar que la misma surge merced a que los representados del ahora accionante, luego de haber sido instituidos como herederos forzosos del fallecido Edgar Fortunato Barroso Daza, acudieron ante los socios de SERPREC Ltda, debido a que su causante era socio de esta empresa con una participación del 42.99% a efectos de que se convoque a una junta de accionistas con la finalidad de que en cumplimiento a la escritura pública de constitución de la empresa, sean incorporados a la sociedad y así asumir sus derechos como herederos.
Sin embargo, bajo el argumento de que ambos socios cuentan con la mayoría de las acciones, les negaron su incorporación a SERPREC Ltda., ante dicha situación, los representados del ahora accionante, simplemente se limitaron a solicitar una conciliación (fs. 27 a 28) ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio y Servicios de Cochabamba.
Ahora bien, del análisis de los antecedentes que cursan en obrados, se puede colegir que los representados del ahora accionante, se conformaron con la Resolución conseguida al interior del proceso de conciliación solicitado, puesto que de la compulsa de los antecedentes, no se advierte que hubiesen iniciado alguna acción legal a través de un proceso ordinario a efectos de hacer valer sus derechos, empero, acuden de manera directa a esta acción tutelar sin advertir que de acuerdo al ordenamiento jurídico constitucional y de las reglas y subreglas desarrolladas en el punto III.3 de la presente Sentencia Constitucional, esta acción se constituye en un instrumento subsidiario.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- “
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de los recurridos
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El principio de subsidiariedad y el amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.4.
- denegado
- APROBAR