SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0545/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0545/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

procedente

La Resolución 043 de 28 de marzo de 2008, cursante de fs. 28 vta. a 29, pronunciada por Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, declaró procedente el recurso, disponiendo que la Jueza recurrida, en el plazo de setenta y dos horas, fije una nueva audiencia para dirimir la petición incoada por el representado del recurrente, con el fundamento de que al constatarse que el Tribunal Séptimo de Sentencia todavía no emitió decreto de radicatoria, la Jueza recurrida, tiene jurisdicción y competencia para dirimir la situación de libertad del mandante del recurrente, más aún, considerando que existieron otras audiencias que fueron suspendidas.

Los antecedentes expuestos precedentemente, confirman que el caso se encuentra dentro de las previsiones y alcances del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad; consiguientemente, el Tribunal de garantías, al declararlo procedente, aunque con otros fundamentos y terminología, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.