Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.5.
II.5. Consta carta notariada de 23 de enero de 2007, entregada por Eleuterio Paredes Alejo, Notario de Fe Pública de Primera Clase 88 de la Paz y suscrita por los ahora recurridos, solicitándole al agraviado que en mérito de la aceptación de su renuncia, elección y posesión de la nueva autoridad edilicia, entregue los bienes del Municipio debidamente inventariados. Con recepción de 24 de ese mes y año y sin firma (fs. 218).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Sobre la imposibilidad de dilucidar hechos controvertidos en la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- REVOCAR