SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que, a raíz de una supuesta dimisión irrevocable, que hubiera firmado, a su condición de Alcalde Municipal de Papel Pampa, en sesión de Concejo llevada a cabo el 16 de enero de 2007, los recurridos la aceptaron eligiendo al Concejal Jaime Villca Tupa para sustituirle en su cargo, vulnerando de esta manera sus derechos al trabajo, a la petición y al ejercicio de la ciudadanía, consagrados por los arts. 24, 46 y 144 de la Constitución Política del Estado vigente (CPE), puesto que la referida asamblea nunca se llevó a cabo y la carta de renuncia jamás existió. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin conceder o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Sobre la imposibilidad de dilucidar hechos controvertidos en la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- REVOCAR