SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0573/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 33/07 de 30 de enero de 2007, cursante de fs. 34 a 36, pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Mirko Julio Guerra Tito en representación de Nixon Zubieta Mordagón contra Beatriz Sandoval de Capobianco y Rosario Canedo Justiniano, Ministras de la Corte Suprema de Justicia, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la justicia pronta e igualitaria, a la libertad, a la dignidad y al debido proceso, citando al efecto los arts. 6.II, 7 inc. a), 16.II y IV, 33 y 116.X de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- concedió en parte
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II. 2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Condiciones formales y materiales para declarar la extinción de la acción penal
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- REVOCAR