SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0602/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.3.
II.3. Mediante Resolución Concejal 0037/2006 de 6 de septiembre, el Pleno del Concejo Municipal de Huanuni, resolvió aceptar la renuncia tácita al cargo de Concejal titular que desempeñaba Edgar Francisco Paredes Cabrera, al haber transgredido el art. 26 de la LM, aceptando el cargo de Secretario General de la Prefectura, disponiendo que se emita la convocatoria al concejal suplente por prelación o conforme a las listas presentadas por el MAS en las elecciones, a objeto de que ocupe el curul que se encuentra acéfalo; en cuyo cumplimiento, mediante oficio 490/06 de la misma fecha, el Presidente del Concejo Municipal, convocó a la ahora recurrente, para que asuma funciones como Concejala (fs. 1 a 2).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1.
- 1)
- procedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR