Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III.3. Análisis del caso concreto
En el caso que se analiza, corresponde aplicar la jurisprudencia glosada precedentemente, por cuanto la detención preventiva del accionante en el penal de San Pedro, deviene de la Resolución 309/07 de 19 de agosto de 2007, emitida por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal que se le sigue por el supuesto delito de robo agravado, tal cual se constata de fs. 9 a 10; situación que inclusive, la ha reconocido el propio accionante en su memorial de demanda.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2. Casos en los que el procesamiento indebido es tutelable a través de la acción de libertad
- directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción
- únicamente en los casos en que el acto considerado ilegal haya lesionado la libertad física o de locomoción del accionante,
- SC 0102/2010-R
- III.3. Análisis del caso concreto
- no pueden ser compulsados por vía de esta acción tutelar, por cuanto no constituyen
- APROBAR