SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0634/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, denuncian que un grupo de policías del Batallón de Seguridad Física instalaron una huelga de hambre el lunes 7 de abril de 2008, pero inmediatamente la Policía se apostó en la puerta, impidiendo el ingreso de toda persona e incluso intentaron desalojarles, por lo que se encontaban totalmente incomunicados. Asimismo, el miércoles 9 de abril, el policía Johnny Romero fue detenido y trasladado en una radio patrulla 110, desconociéndose su paradero; y que varios de sus camaradas están sufriendo abusos, persecución y agresiones físicas por órdenes del Comandante General de la Policía, hoy recurrido. Por consiguiente, en revisión de la Resolución del Juez de garantías, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante´
- de manera escueta, sin precisar mayores datos ni citar derechos ni norma constitucional alguna, presentan el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, en papel común, sin firma de abogado y sin adjuntar ninguna prueba
- SC 0044/1010-R
- SC
- acuda
- se constata que ni a momento de la presentación de la demanda ni en audiencia, se aportó ningún elemento probatorio, mucho menos objetivo que permita concluir la participación del denunciado y la veracidad de los hechos sucedidos
- solicitan que "se les permita emitir libremente sus ideas", libertad de expresión o de emitir ideas, que no es tutelable por la acción de libertad
- APROBAR