SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0665/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0665/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

En informe presentado en audiencia señala, que en ese momento estaba a la espera de la ejecutoria del auto constitucional e invocando el art. 102 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),  indica que la resolución que conceda o niegue, el amparo será ejecutada y que en todo caso no puede ser impedida esa ejecución, aun por recursos ordinarios, inclusive extraordinarios y en consecuencia el lanzamiento dispuesto se encuentra suspendido.