Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.4.
II.4. Conforme se evidencia del informe presentado por la autoridad recurrida, la recurrente mediante memorial presentado el 17 de abril de 2008, interpuso recurso de apelación incidental contra la Resolución de 14 de abril del mismo año, mereciendo proveído de la misma fecha que dispone la remisión de antecedentes a la Corte Superior (fs. 52 y vta).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- Fragmento 6
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- Fragmento 12
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- no puede crear y activar recursos simultáneos o alternativos
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR