Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0720/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.1.
II.1. De fs. 18 a 19, se encuentra la demanda ejecutiva interpuesta por Romy Caballero Flores de Peralta contra Manuel Caballero Rojas, Marcelina Zárate de Caballero y Jacqueline Caballero Zárate, solicitando la desocupación y entrega del inmueble, y luego de la representación efectuada por el Oficial de Diligencias se procede a la citación por cédula a la ahora recurrente el 18 de enero de 2006, cual constan a fs. 26.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Derechos fundamentales invocados por la accionante
- seguridad'
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- El cuanto al derecho a la defensa
- En cuanto al derecho al debido proceso
- zona central manzana 114, sobre la calle Independencia esquina Monseñor Salvatierra 501
- mismo que es coincidente con el inmueble descrito en el documento transaccional
- II.
- III.
- referente a la competencia
- APROBAR