SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0722/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 15 de abril de 2008, cursante de fs. 63 a 69 vta., el recurrente manifiesta que en vigencia del anterior Código de Procedimiento Penal, Raúl Choque Sirpa el año 2000, inició un proceso penal en contra de su representado por la supuesta comisión del delito de lesiones gravísimas, proceso que inicialmente fue tramitado en el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal Liquidador y concluyó en el Juzgado Segundo de Partido en lo Penal Liquidador, es así que en las fases de investigación, sumario y parte del plenario se vulneraron derechos y garantías constitucionales de su representado, debido a que no fue notificado con el Auto Inicial de la Instrucción, así como con el resto de las citaciones, por lo que fue declarado rebelde, con lo cual le designaron defensores de oficio quienes no asumieron su defensa técnica conforme a la ley, pues simplemente se constituyeron en figuras decorativas que no ejercieron el derecho a la defensa y a momento de apelar de la sentencia condenatoria dictada en contra del procesado, no fundamentaron agravios.
Indica además que al ser anulada en esa instancia la Sentencia debido a que no se cumplió con las formalidades legales como ser la falta de firmas en las actas de la etapa del plenario, los abogados de oficio no apelaron dicha Resolución, dejándolo en indefensión pues no se le permitió que recurra del fallo condenatorio que le impuso ocho años de presidio dejando que el mismo adquiera ejecutoria.
De igual forma menciona que su representado recién tuvo conocimiento del proceso seguido en su contra, cuando fue detenido como emergencia de un mandamiento de condena, ya que anteriormente lo juzgaron en rebeldía sin que sea técnicamente defendido, vulnerándose sus derechos y garantías fundamentales, pues los defensores de oficio que le designaron, no presentaron prueba alguna, no fundamentaron agravios y por último no apelaron la Sentencia condenatoria, lo que involucró su ejecutoria por lo que recurre a este recurso extraordinario pues como señala la jurisprudencia constitucional se lo dejó en indefensión.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3.
- procesamiento ilegal o indebido
- III.4. El derecho a la defensa en materia penal y los efectos de la rebeldía
- III.5. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.6. Análisis del caso denunciado
- la indefensión absoluta y manifiesta
- APROBAR