Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0731/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.4.
II.4. Por memorial de 29 de marzo de 2006, la coejecutada, interpuso nulidad de obrados aduciendo la inexistencia de mandamiento de embargo como requisito primordial para proceder al remate (fs. 83 y vta.), solicitud que fue rechazada por el Juez de la causa por Resolución 368/2006 de 6 de septiembre, con el fundamento de que la falta de embargo no se encuentra como causal específica de nulidad y que no se reclamó ésta en forma oportuna (fs. 96 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- seguridad
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- Al debido proceso
- Fragmento 19
- impugnación tardía de las nulidades
- III.4. Análisis del caso de autos
- sin que en ningún momento hayan interpuesto incidente de nulidad por falta de mandamiento de embargo
- APROBAR