SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0731/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0731/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

sin que en ningún momento hayan interpuesto incidente de nulidad por falta de mandamiento de embargo

En el caso que se analiza, la parte ejecutada asumió conocimiento y defensa en todo el proceso ejecutivo, es más, en ejecución de sentencia observó el avalúo pericial realizado sobre el inmueble, sin que en ningún momento hayan interpuesto incidente de nulidad por falta de mandamiento de embargo, más al contrario dejaron que el proceso avance y concluya en todas sus fases, hasta el punto de que el ahora accionante consolide su derecho propietario sobre el inmueble objeto de garantía hipotecaria, habiendo en consecuencia consentido y convalidado tácitamente todos los actos del juez a quo, por cuanto dejaron que el proceso concluya sin promover incidente alguno, operando el principio de preclusión procesal en todas las etapas del mismo, por lo que el incidente de nulidad era inadmisible, pues no se puede admitir que luego de haber asumido defensa en el proceso a través de la utilización de los diferentes medios y recursos que la ley establece, y sólo una vez concluido el juicio en todas sus etapas, recién interponer incidente de nulidad de obrados, toda vez que su derecho no solo precluyó, sino que ese acto alegado de nulidad fue consentido y por ende convalidado, donde además el ejecutante tiene inscrito un derecho de propiedad a raíz de la subasta y remate del inmueble hipotecado, por lo que el Juez demandado al anular obrados hasta que se expida el mandamiento de embargo, no garantizó la igualdad procesal de las partes y lesionó el derecho al debido proceso del accionante, lo que abre la tutela de esta acción tutelar.