SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0743/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 12 de abril de 2005, ante el Juez Octavo de Instrucción en lo Civil y Comercial, Marina Parada Vda. de Contreras se apersonó y se opuso al remate por nulidad de derechos; y consiguiente, cancelación en DD.RR. por Sentencia judicial. Indicando que interpuso una demanda contra Jaime Contreras Parada por nulidad de transferencia y cancelación del derecho propietario, misma que concluyó con la Sentencia emitida por el Juzgado Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de 10 de noviembre de 2004, habiéndose declarado su demanda probada en todas sus partes; y consiguientemente, nula la transferencia del inmueble ubicado en la localidad de San José cantón La Guardia (fs. 153 y vta.).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. La interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Sobre los requisitos para la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- SEA ARBITRARIA
- se han apartado arbitrariamente de esas previsiones legales
- APROBAR