SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0744/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0744/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

circunstancias que los llevaron a ingresar a los niños al albergue que no fue otra cosa que el interés superior de estos, dado los antecedentes de intoxicación alcohólica del menor que cuenta con ocho años de edad y la omisión de cuidado de su progenitora

Sin embargo, dada las circunstancias que los llevaron a ingresar a los niños al albergue que no fue otra cosa que el interés superior de estos, dado los antecedentes de intoxicación alcohólica del menor que cuenta con ocho años de edad y la omisión de cuidado de su progenitora, dimensionado los efectos no corresponde responsabilidad civil en su contra.

En cuanto a las demandadas, Elvira Patricia Condori y Julia Paucara, Trabajadora Social y Psicóloga de la Defensoría de la Niñez no se determina que hayan vulnerado derecho alguno, pues sólo actuaron conforme a lo que manda la Constitución Política del Estado y determina el art. 194 del CNNA, es decir, velaron por el cumplimiento de los derechos de los menores elaborando para ese fin los informes del caso. Respecto a Julio Cesar Figueroa, Sub Alcalde de la periférica, y Reynaldo Escobar estos no participaron en la retención de los menores y tal como señala la Juez de garantías, carecen de legitimación pasiva. Finalmente, no se ha determinado que los demandados hayan vulnerado el derecho a la libertad de los niños, pues no existe privación a ella, pues se encuentran al cuidado y guarda estatal.