AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2010-RCA

Fecha: 11-Ago-2010

I.5. Resolución

La Sala Social Civil Primera de la Corte Superior de Chuquisaca, mediante decreto de 10 abril de 2008, cursante a fs. 105, previamente requieren se subsane en el plazo de veinticuatro horas, lo previsto en el art. 1311 del Código Civil (CC), en relación a las "fotocopias de fs. 9, 10, 40, 51 a 53, 55 a 66, 65, 68 y 85" (sic).

Con este decreto, se notificó a la parte recurrente el mismo día del decreto (10 de abril de 2008), quien presenta memorial de aclaración el 15 del mismo mes y año (fs. 107 a 108), mediante decreto de 15 de abril (fs. 108); es decir, se le concede veinticuatro horas más para que cumpla lo observado. Adjuntado documentación extrañada, mediante memorial presentado el 16 de abril del mismo año (fs. 133 a 134).