AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2010-RCA

Fecha: 24-Ago-2010

desistimiento,

Con el objeto de aclarar la figura jurídica del desistimiento en la acción de amparo constitucional, es preciso señalar que si bien el legislador no ha previsto de manera expresa esta forma de extinción de la acción; empero, la misma, implícitamente subyace del art. 41.II de la LTC, cuando se establece que las decisiones de admisión o rechazo, desistimiento, caducidad u otras adoptarán la forma de auto; entendiéndose que tal modalidad es aplicable al amparo constitucional, dada su configuración procesal.