AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2010-RCA

Fecha: 24-Ago-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente -hoy accionante-, alega que las Autoridades recurridas -hoy demandados- han vulnerado los derechos de sus representados y de sí mismo a la igualdad, a la seguridad jurídica, a la tutela judicial efectiva, a la legítima defensa y a la garantía del debido proceso, puesto que en el proceso ejecutivo que le siguieron Joaquín Calvimontes Pinto y José Gil Peredo Pimentel en representación de Jorge Eduardo Velarde Suárez, se remató y adjudicó su bien inmueble sin haberles permitido asumir defensa, por lo que presentaron incidente de nulidad que mereció el Auto de 21 de marzo de 2007, que admitió la existencia de ciertos vicios procesales. Agrega que, al presentar recurso de apelación, los Vocales recurridos emitieron el Auto de Vista 497 de 9 de noviembre de 2007, omitiendo pronunciarse sobre los hechos denunciados y alegados en su apelación, careciendo dichas Resoluciones judiciales de motivación y congruencia. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de improcedencia del recurso de amparo constitucional.