AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2010-RCA
Fecha: 24-Ago-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La recurrente -hoy accionante-, alega que las autoridades recurridas -hoy demandadas-, vulneraron los derechos de su mandante a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso, por cuanto el proceso penal que concluyó con la Sentencia condenatoria 018/2007, se le atribuyo a su representado la autoría del delito de transporte de sustancias controladas, vulnerando en el desarrollo del proceso penal sus derechos y garantías constitucionales, pues el abogado defensor no presentó prueba alguna, resolviéndose los incidentes planteados sin observar las reglas procesales, emitiendo por su parte los Vocales demandados el Auto de Vista 50/2007, haciendo alusión a las pruebas de descargo que supuestamente su mandante presentó, sin considerar que la parte acusada no produjo prueba de descargo, ni presento recurso de apelación restringida y de casación. En consecuencia, corresponde, en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de improcedencia de la acción amparo constitucional.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- I .2.Autoriadades recurridas
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
- 1.
- la improcedencia
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los
- reglas y subreglas de aplicación del principio de subsidiariedad,
- Fragmento 12
- II.4. Análisis del caso enviado en revisión
- la omisión en el cumplimiento de uno de los requisitos previstos por las citadas normas legales
- APROBAR