Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2010-RCA
Fecha: 24-Ago-2010
I.4. Petitorio
Solicita se declare: "PROCEDENTE EL PRESENTE RECURSO con costas y se ordene la restitución inmediata de mi nombre en planillas de pago de haberes que elabora el Ministerio de Educación y Culturas, asimismo el pago de haberes devengados del mes de mayo del año en curso a la fecha, restitución a mi cargo, mas daños y perjuicios" (sic).
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- I.4. Petitorio
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- no exista otro medio o recurso legal inmediato para la protección de los mismos
- II.3. Análisis de la Resolución en revisión
- el juez o tribunal del amparo, antes de ingresar a analizar los problemas de admisibilidad del recurso, debe verificar si no se está dentro de alguno de los supuestos de improcedencia establecidos por el art. 96 de la LTC lo que implica un plano de análisis distinto al de los requisitos de admisión
- si se constata
- II.5. Análisis del caso enviado en revisión
- Fragmento 13