AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2010-RCA

Fecha: 27-Ago-2010

a)

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, mediante Auto de 27 de junio de 2008 (fs. 131), otorgó al recurrente el plazo de cuarenta y ocho horas para subsanar las siguientes observaciones: a) Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirven de fundamento; b) Precisar los derechos y/o garantías constitucionales que considera restringidos, suprimidos y amenazados, y; c) Acompañar el estatuto y reglamento pertinente; Resolución con la que el actor fue notificado el 29 de julio de 2008 (fs. 131 vta.), quien presentó el memorial cursante de fs. 160 a 162 vta., con la suma “Subsanando lo observado solicito admisión de Recurso de Amparo Constitucional” (sic). En consecuencia, el Tribunal de garantías dispuso la admisión del recurso, mediante Auto de 4 de agosto de 2008 (fs. 163).