Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2010-RCA
Fecha: 27-Ago-2010
a)
Solicita se conceda el recurso, restableciendo sus derechos y garantías constitucionales indebidamente restringidos, declarando: a) Legal el recurso de compulsa interpuesto el 20 de noviembre de 2007; b) Anulando obrados del proceso interno instaurado en su contra hasta el decreto de ejecutoria de 12 de noviembre del mismo año; y, c) Ordenando a la actual Juez Sumariante, Melvy Lazarte Jové, que conceda el recurso jerárquico interpuesto el 8 de noviembre de 2007 contra la Resolución Final de Proceso Interno 068/2007 y la Resolución 102/2007, misma que resuelve el Recurso de Revocatoria.
- revisión
- I.1. Síntesis de la recurso
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 8
- inmediatez
- en el plazo máximo de seis meses
- ya estaba definido por la sólida y reiterada jurisprudencia constitucional
- De manera específica, en lo atinente al principio de inmediatez como causal de improcedencia in límine de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso elevado en revisión
- Fragmento 14
- APROBAR