Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2010-RCA
Fecha: 27-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts.4.I y II de la Ley 003, 7 inc.8) de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 34/08 de 12 de mayo de 2008, cursante a fs. 37 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; con la modificación de que corresponde declara el RECHAZO IN LÍMINE de la presente acción de amparo constitucional.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- improcedencia
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 5
- II.2. Atribución de los jueces y tribunales de amparo en la etapa de admisión del recurso de amparo constitucional
- deberá directamente rechazar in límine la acción
- I.-
- Fragmento 9
- 1) el elemento fáctico
- rechazo in límine
- APROBAR