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    AUTO CONSTITUCIONAL 0533/2010-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0533/2010-CA

    Fecha: 03-Ago-2010

    tratándose de la impugnación de resoluciones judiciales

            De la normativa precedentemente señalada se colige que tratándose de la impugnación de resoluciones judiciales a través del recurso directo de nulidad, este recurso procede en dos supuestos jurídicos: 1) Cuando la autoridad judicial se encuentre suspendida de sus funciones o, 2) Cuando ha cesado su función o competencia.

    • a)
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.1.
    • tratándose de la impugnación de resoluciones judiciales
    • Cuando el recurso carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo…",
    • II.3.1.
    • Fragmento 8
    • II.3.2.
    • 2º  Se llama la atención a la abogada patrocinante,

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