Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0558/2010-CA
Fecha: 11-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley; en consulta, resuelve APROBAR la Resolución 10 de enero de 2009, cursante de fs. 8 y vta., pronunciada por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Arturo Gregorio Coya Mamani.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 6
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Fragmento 8
- II.4. Cumplimiento de requisitos
- 1)
- Fragmento 11
- no se puede impugnar la lesión del art. 31 de la CPE
- APROBAR