AUTO CONSTITUCIONAL 0573/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0573/2010-CA

Fecha: 18-Ago-2010

consulta

En consulta la Resolución de 12 de enero de 2009, cursante a fs. 32 y vta., pronunciado por los Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que rechazaron la solicitud de promover recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Estela Guerra Serrano, Fiscal de Materia, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en la frase que señala: "…en el plazo de veinticuatro horas…" y 101 de la misma Ley, que indica: "…el recurrente podrá (…) MODIFICAR o AMPLIAR los términos de su demanda…" y "…Ambas partes podrán OFRECER pruebas relativas al objeto del recurso…" (sic), por la supuesta lesión de los arts. 6.I, 7 inc. a), 16.II y IV, 19 y 229 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).