AUTO CONSTITUCIONAL 0573/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0573/2010-CA

Fecha: 18-Ago-2010

II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales infringidos

Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 98 de la LTC, en la frase que señala: "…en el plazo de veinticuatro horas…" y 101 de la misma Ley, que indica: "…el recurrente podrá (…) MODIFICAR o AMPLIAR los términos de su demanda…" y "…Ambas partes podrán OFRECER pruebas relativas al objeto del recurso…" (sic), por supuestamente vulnerar los arts. 6.I, 7 inc. a), 16.II y IV, 19 y 229 de la CPEabrg.