AUTO CONSTITUCIONAL 0595/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0595/2010-CA

Fecha: 27-Ago-2010

ante el rechazo de esta acción incidental, deben continuar y proseguir con el normal desarrollo de los proceso

Por tanto, las autoridades tanto jurisdiccionales como administrativas, ante el rechazo de esta acción incidental, deben continuar y proseguir con el normal desarrollo de los procesos, entre tanto el Tribunal Constitucional no se pronuncie como se tiene explicado precedentemente (las negrillas son nuestras).