Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0749/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.2.
II.2. Mediante memorial de 28 de marzo de 2007, el ahora recurrente, exigió a los miembros del Tribunal de Ética y Deontología Médica del Colegio Médico de Oruro, el pronunciamiento expreso sobre su solicitud de nulidad de obrados de 15 de marzo de 2007, solicitud que fue reiterada mediante memorial presentado el 29 de referido mes y año (fs. 5 a 6).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El caso de autos
- APROBAR