SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0784/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las recurrentes, ahora accionantes, alegan la vulneración de su derecho a la libertad física, toda vez que dentro de la denuncia sentada por Diego Rioja Angulo en su contra, luego de tomadas las declaraciones, el Fiscal de Materia, Raúl Roca Arteaga, inmediatamente ordenó su aprehensión. Presentada la querella, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal admite la misma y fija audiencia de medidas cautelares para el 8 de mayo del mismo año, a horas 16:00, a objeto de resolver su situación jurídica, misma que no se realiza, toda vez que en audiencia, su abogado le explicó al Juez que producto del acercamiento entre las partes, se estaba a punto de llegar a un arreglo transaccional para que no ingresen al Penal de Palmasola; el Juez, sin ningún fundamento, pese a estar fijada la audiencia para la fecha señalada, a la cual asistieron todas las partes, decidió suspender la misma, no habiendo levantado acta sobre los hechos que precipitaron la suspensión, quedando desde ese momento indebidamente detenidas por más de treinta y seis horas.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- I.2.3. Resolución
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Análisis del caso
- III.4.