SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0786/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0786/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

1)

      El abogado de los recurrentes, ratificó íntegramente los términos del recurso y ampliando el mismo, señaló lo siguiente: 1) Se extiende el recurso contra los fiscales de materia Joadel Bravo Bezerra y Juan Ribera Álvarez; sobre la aprehensión, manifiesta que no ha existido flagrancia; 2) En la audiencia cautelar, el Juez le concedió la palabra al Diputado Nacional, Walter Javier Arrázola Mendivil, quien sin ser parte en el proceso ni víctima, solicitó la detención preventiva de los imputados, ante lo cual, la defensa promovió un incidente de nulidad de obrados por defectos absolutos, siendo resuelta por el Juez en forma totalmente ilegal y arbitraria, sin fundamentar la misma, ordenando la detención preventiva de los imputados, ahora recurrentes, Amadeo Romeo Amorín Bohórquez y de Jimena Dalia Mamani Poma; además, alega que el imputado, no fue encontrado a momento de cometer el delito, pues por el contrario, previo allanamiento de su domicilio, fue sacado del mismo; allí radica la ilegalidad de su detención; cita la SC “0826/2004”, que no hubiese sido valorada por el Juez; 3) De ninguna manera se podía aprehender directamente, sin que exista denuncia, contraviniendo de esta forma lo previsto por la citada Sentencia; 4) Hace referencia al art. 175 del CPP, toda vez que hubiesen puesto en conocimiento del Juez, que la Policía no participó en la requisa, razón por la cual, todas las declaraciones no llevan las firmas de los funcionarios policiales; asimismo, la norma dice que la inspección se practicará por personas del mismo sexo y respetando el pudor de los requisados, pero dicha requisa no fue así, como sucedió con dos señoritas, quienes fueron requisadas por el propio Fiscal; y, 5) Ni siquiera el Ministerio Público, ha solicitado la detención preventiva, el Juez actuó ultra petita; en todo caso, se dió libertad irrestricta por parte del Fiscal, pero el Juez dispuso la detención preventiva de sus defendidsos.