SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0786/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0786/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

II.4.

II.4. A través de memorial de 5 de mayo de 2008, Walter Javier Arrázola Mendivil, en su calidad de Diputado Nacional, formuló recusación contra el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, en base al art. 316 incs. 5) y 11) del CPP (fs. 24 y vta.); por Auto Interlocutorio 112/08 de 5 de mayo de 2008, el Juez cautelar, rechaza y no se allana a la recusación interpuesta, y en cumplimiento al art. 320 del CPP, dispone que por Actuaría, remitan fotocopias legalizadas de las partes pertinentes del proceso, ante el Tribunal Superior (fs. 25); a fs. 31, se evidencia que el 6 de mayo de 2008 a horas 11:50, fue remitido el expediente por recusación al Juez Onceavo de Instrucción en lo Penal - Villa Primero de Mayo; mediante decreto de 6 de mayo del mismo año, el Juez Onceavo de Instrucción en lo Penal cautelar, señaló audiencia cautelar para el 7 del mismo mes y año a horas 09:30 (fs. 31 y vta.)