SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0803/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 7/08 de 30 de abril de 2008, cursante de fs. 16 a 17 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y en consecuencia CONCEDE la tutela solicitada; con la aclaración que este Tribunal no puede pronunciarse sobre la solicitud de disponer la inmediata libertad del recurrente, que ha podido ser o no dispuesta oportunamente, por el tiempo transcurrido entre la interposición de la ahora acción de libertad y el pronunciamiento del presente fallo.