Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
Fragmento 3
Con esos antecedentes interpone amparo constitucional contra Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando: a) Se declare "procedente" el mismo; b) La nulidad del Auto de Vista de 12 de octubre de 2006, dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz; y, c) Los Vocales recurridos dicten un nuevo Auto de Vista aplicando objetivamente el art. 309 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- denegó
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- al caso concreto
- Fragmento 10
- legalidad
- III.3.La valoración de prueba sobre la situación jurídica del proceso de donde emerge la acción tutelar, corresponde a la jurisdicción ordinaria, salvo excepciones y requisitos que necesariamente deben justificarse y fundamentarse
- SC 0083/2010-R
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- 3)
- no se ha indicado que se ha omitido valorar alguna prueba o que la misma sea irracional
- En cuanto a la seguridad jurídica
- En cuanto al debido proceso
- denegado
- APROBAR