SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0855/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señala que las autoridades recurridas, en adelante demandadas, vulneraron los derechos de su representado a la defensa, a la seguridad jurídica y a la garantía al debido proceso, al haberse emitido el Auto Supremo 527 de 17 de noviembre de 2006, que declaró infundado el recurso de casación interpuesto por su representado, sin expresar los motivos de hecho y de derecho en que basa su decisión como tampoco valoraron los precedentes invocados tanto en la apelación restringida como en el recurso de casación, por lo que debería anularse y dictarse uno nuevo por la Sala Penal siguiente en número. En ese sentido corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- SC 0096/2010-R
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- En cuanto al derecho a la defensa y al debido proceso
- SC 0121/2010-R
- Fragmento 19
- SC 0083/2010-R de 4 de mayo
- denegado
- APROBAR