SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0859/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0859/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

1)

Jenny Prado Saavedra, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, en audiencia informó lo siguiente: 1) Consta que la recurrente ha presentado un recurso de apelación el que se encuentra en la Corte Superior de Distrito, por lo que estaría impedido de formular este recurso; y, 2) En ningún momento ha ejercido una detención indebida, lo que expresa la recurrente y sus abogados es totalmente falso, no se ha coartado derecho de la recurrente en ningún momento, el proceso se ha llevado de manera adecuada conforme al procedimiento penal y en ningún momento se ha vulnerado su derecho a la defensa ni ha existido mandamiento de aprehensión ilegal, más bien se ha dado cumplimiento a la legalidad, valorándose en audiencia pública los elementos de convicción para suponer que la imputada es autora o participe en el hecho delictivo y existen los peligros procesales que también han sido tomados en cuenta.