SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0861/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso social, por Bernardo Samuel Miranda Ribert, sobre beneficios sociales contra el Servicio Nacional de Caminos (SNC), representado por Carlos Félix Jemio Bacarreza, la Jueza Sexta de Partido de Trabajo y Seguridad Social, pronunció la Sentencia 49/2004 de 4 de junio de 2004, declarando probada en parte la demanda, con costas ordenando al representante legal del SNC, cancele los beneficios sociales demandados según liquidación inserta, resolución que en apelación fue confirmada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Auto de Vista 187/2005 de 8 de agosto, contra el que interpuso recurso de casación la parte demandada, siendo declarado improcedente el recurso, a través del Auto Supremo 1322 de 22 de noviembre de 2006, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia (fs.69 a 76).
- hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de hábeas corpus
- III.3.
- Condiciones previas que deben cumplirse antes de la privación o restricción al ejercicio del derecho a la libertad física, cuando se procede al apremio corporal en materia laboral
- Fragmento 14
- III.4. El caso en examen
- III.5.Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APROBAR