Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0861/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.2.
II.2. En ejecución de fallos, el recurrente, por memorial de 1 de abril de 2008, solicitó se expida mandamiento de apremio contra el demandado, así como oficie al Viceministerio del Tesoro y Crédito Público dependiente del Ministerio de Hacienda a objeto de ordenar al Banco Mercantil S.A., para que disponga la retención de fondos del SNC en Liquidación, petición deferida por la Jueza de la causa, por Auto de 2 de abril del mismo año, librando al efecto el respectivo mandamiento, reiterando nuevamente la parte demandante se libre nuevo mandamiento de apremio con habilitación de días y horas extraordinarias y allanamiento, que fue ordenado por Auto de 30 de abril de 2008 (fs. 77 a 81).
- hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de hábeas corpus
- III.3.
- Condiciones previas que deben cumplirse antes de la privación o restricción al ejercicio del derecho a la libertad física, cuando se procede al apremio corporal en materia laboral
- Fragmento 14
- III.4. El caso en examen
- III.5.Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- APROBAR