Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 23 de mayo de 2008, el representado de la recurrente solicitó al Fiscal de turno de plataforma que disponga su inmediata libertad, mereciendo el decreto de la misma fecha, por el cual la Fiscal de Materia requirió a Manuel Alejandro Lira Ortíz, la remisión inmediata de un informe respecto a lo aseverado en el memorial y que Daniel Ariel Peñaranda Pinto, sea conducido a esas dependencias en el acto para tipificar el delito que la persona no identificada hubiera cometido, a efectos de proceder conforme a derecho (fs. 14 y vta.)
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe del funcionario policial recurrido
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3.1. Arresto policial por faltas y contravenciones
- III.3.2. Subsidiariedad de la acción de libertad en contravenciones policiales
- fue detenido en virtud de una supuesta contravención de tránsito, cuyo conocimiento no corresponde a la jurisdicción penal, por lo que mal podía ocurrir ante el juez cautelar ante la inexistencia de denuncia respecto a la comisión de algún delito, razón por la que al no abrirse la competencia del juez cautelar corresponde ingresar al fondo del asunto, toda vez que la presente acción de libertad se constituye en el medio idóneo para proteger las supuestas lesiones al derecho a la libertad.
- III.3.3. La problemática planteada
- APROBAR