Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0899/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
Fragmento 16
Dentro de un Estado constitucional de derecho, uno de los componentes del debido proceso, es que toda resolución debe encontrarse debidamente fundamentada; en tal sentido, la fundamentación como un elemento del debido proceso debe estar presente en toda decisión judicial, máxime si esta se encuentra dirigida a privar -así sea de manera temporal- la libertad de una persona.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1
- 1)
- 2)
- 5)
- procedente
- a)
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- Fragmento 14
- III.4. Sobre las audiencias cautelares y el cumplimiento de los principios de oralidad e inmediación.
- Fragmento 16
- III.5. Sobre la exigencia de la decisión judicial sea fundamentada
- III.6. El caso concreto
- APROBAR