SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 12 de mayo de 2007, cursante de fs. 3 a 4 vta., el recurrente asevera que, el 3 de abril de 2007, a horas 08:00, sin que se cumpla el plazo para ese fin, se procedió al corte del suministro de agua potable en su domicilio ubicado en la av. Excombatiente s/n, provincia Arani. Arguye que, por carta notariada, anunció el pago total de la deuda el 12 del mismo mes y año, pero no recibió respuesta alguna; se constituyó en la Cooperativa en reiteradas oportunidades, sin ningún resultado, hasta que el 26 del referido mes y año, el cajero, Henry López, se negó a cobrarle, por lo que Edgar Zapata Caero, dispuso se reciba su pago; pero, extrañamente, no se le cobró todo lo adeudado, sino solamente hasta julio de la gestión pasada, “esto probablemente para mantener subsistente el corte y argüir que no he cancelado el total”, resistiéndose a cobrarle el saldo adeudado, además de haberle entregado una boleta que carece de valor legal, al no contar con sello ni firma del encargado de la cobranza. Agrega también, que el 12 de mayo de 2007, se le cortó el servicio de alcantarillado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- “procedente”
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- dignidad
- servicios básicos de agua
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- si bien
- Fragmento 23
- Fragmento 24