SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III.3.1.
sistema de valores superiores en el texto constitucional, producto de la voluntad del constituyente respecto a las transformaciones y a la inclusión de estos, sobre derechos tanto colectivos como individuales, los cuales fueron reconocidos e introducidos dentro el texto constitucional, para poder lograr una armonía social, política, económica, cultural y de otras índoles dentro del Estado boliviano, tal es así que la SC 0130/2010-R de 17 de mayo, señala: “…el Constituyente trató de plasmar en el texto constitucional (…), aspectos esenciales de las profundas transformaciones por las cuales atravesó el Estado boliviano, y de las bases que el constituyente consideró importantes, entre ellas podemos recoger que Bolivia es: '…Un Estado basado en el respeto e igualdad entre todos, con principios de soberanía, dignidad, complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del producto social, donde predomine la búsqueda del vivir bien…'. Esa búsqueda del vivir bien, debe comprenderse como el equilibrio del hombre con la naturaleza y con sus propios semejantes, con tolerancia, comprensión y el fundamento de valores, como seres humanos, dentro del respeto de las culturas, las cosmovisiones y aspectos de respeto y valorización tanto del individuo como unidad fundamental, así como del respeto de la comunidad como núcleo social y esencial del Estado”.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- “procedente”
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- dignidad
- servicios básicos de agua
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- si bien
- Fragmento 23
- Fragmento 24