SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III.3.4.
evidenciado que, a través de la carta notariada entregada el 12 de abril de 2007, la esposa del accionante, Rosalía Vidal Rodríguez, solicitó al Presidente del Consejo de Administración de la COAPAA Ltda., se reciba el pago total de los meses que adeudaban por concepto de suministro de agua potable y conexión de alcantarillado. No cursa respuesta alguna en el cuaderno procesal.
El 26 de abril de 2007, se efectuó el pago por el suministro de agua al domicilio de Alberto Galindo Torrico, por los meses de marzo de 2004 a julio de 2006; sin embargo, a pesar de haber pretendido pagar la totalidad de la deuda, como lo manifestó en su carta de 12 del mismo mes y año, no le permitieron que cancele el total del monto debido, por lo que continuaba el corte al servicio básico mencionado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- “procedente”
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- dignidad
- servicios básicos de agua
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- si bien
- Fragmento 23
- Fragmento 24