SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0936/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0936/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

Fragmento 18

          La accionante, impugna el Auto de Vista de 27 de marzo de 2004, pronunciado por los Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que confirmó la Sentencia apelada - a su criterio - sin fundamentación ni motivación alguna y sin valorar la prueba presentada, fallo que fue notificado a la demandada, Manuela Montaño aguilera el 14 de abril de 2004, sin que haya impugnado dicho fallo en las instancias ordinarias pertinentes; omisión que permitió se ordene el desapoderamiento y entrega del lote de terreno, por lo cual, esta acción tutelar ha sido interpuesta, después de transcurridos más de tres años, aspecto que debió ser observado por el Tribunal de garantías a tiempo de admitirla, pues como lo dispone la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia constitucional, es una acción instituida para la protección inmediata  de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, habiendo establecido que la inmediatez en su presentación no debe de exceder de los seis meses, desde la notificación con la resolución o acto lesivo, lo que no ha ocurrido en el caso de autos.