Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0950/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El acto ilegal denunciado es que las autoridades recurridas, ahora demandadas, no valoraron la prueba que motivo la solicitud de la cesación de la detención preventiva, habiendo demostrado que no existe peligro de fuga y obstaculización de la averiguación de la verdad, además de tener domicilio, familia y actividad lícita; empero, las autoridades demandadas no valoraron estos hechos, atentando contra los derechos de su representado a la libertad, a la libre locomoción y a la presunción de inocencia con relación al debido proceso. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2.
- privada de libertad personal
- se debe apelar la misma
- La motivación de los fallos judiciales está vinculada al derecho al debido proceso y a la tutela jurisdiccional eficaz,
- se le conceda a mi defendido medidas sustitutivas a la detención preventiva
- APROBAR